REGULACION RECONOCIM. CUALIFICACIÓN PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE GRADUADO SOCIAL

 

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NOTA INFORMATIVA

Málaga, 7 de Julio de 2012

Estimados/as compañeros/as:


En el BOE nº 187, de ayer día 6 de agosto, se publicó la Orden del Ministerio de la Presidencia, que regula el procedimiento de reconocimiento de la cualificación profesional relativa a los Graduados Sociales y que ya fue enviada en las disposiciones de ayer lunes.

 

La importancia de la citada Orden, radica en que en virtud de esta normativa, los nacionales de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea, que estén en posesión de cualificaciones profesionales obtenidas en esos Estados –análogas a las que se exigen en España para ejercer una determinada profesión regulada-, han de acceder en nuestro país en las mismas condiciones que quienes hayan obtenido un título español habilitante para dicho ejercicio profesional. Entre las exigencias adicionales, se exige que el solicitante supere una prueba de aptitud, si el ejercicio de la profesión requiere un conocimiento preciso del derecho español, como es el caso de la profesión de Graduado Social, que requiere un conocimiento amplio en materia laboral y de Seguridad Social.


Así pues, la Orden regula que el reconocimiento de la cualificación profesional relativa a los Graduados Sociales, se realizará por un lado, con un procedimiento para el reconocimiento de los títulos habilitantes para el ejercicio profesional en el país de origen, y por otro, con una prueba de aptitud.

 

Comentar por último, que en este procedimiento de elaboración de la orden, se ha dado audiencia a nuestro Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España.


ACCESO BOE Nº 187: ORDEN PRE/1733/2012.

 

Sin otro particular, a la espera de haberlos mantenido informados, reciban un cordial saludo.


Secretaría del Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Málaga y Melilla.
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